Declaratoria de inconstitucionalidad de presupuesto de la República no tendrá efecto, afirma experto

Sala Constitucional declaró inconstitucional, por vicio de omisión, el proyecto de ley de presupuesto de la República por no incluir un 8% del PIB para el MEP.

La Sala Constitucional declaró, de manera unánime, que el proyecto de ley del presupuesto ordinario y extraordinario del 2025, presentado por el Ministerio de Hacienda y aprobado por la Asamblea Legislativa, es inconstitucional por omisión, luego de una consulta presentada por la Defensoría de los Habitantes.

Según detalló el magistrado instructor, Luis Fernando Salazar, esto se debe a que no se cumplió con el mandato de la Carta Magna de establecer un 8% del producto interno bruto (PIB) para el Ministerio de Educación Pública (MEP).

Salazar indicó que esto va en perjuicio del derecho constitucional a la educación gratuita y costeada por la nación.

«La Sala Constitucional reitera su línea jurisprudencial de que cuando el constituyente originario derivado acuña un mandato constitucional, ello lo hace debido a la importancia que quiere dar a la materia, la que en el caso que nos ocupa, al ofrecer el conocimiento a una población receptiva que entiende a la educación como instrumento para equilibrar las oportunidades para todas las personas, es clave para el desarrollo del país por su ligamen con el producto interno bruto. La Sala viene a rescatar el desarrollo que ha hecho en su jurisprudencia de la educación gratuita y costeada por el Estado, lo cual en nuestro país es un paso progresivo importante desde la independencia de España», mencionó el magistrado.

La defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank, se mostró complacida con la resolución tomada por la Sala Constitucional.

Según la jerarca, se ha generado una afectación al derecho de acceso a una educación pública de calidad con la reducción en los recursos.

Además, Cruickshank señaló que es importante que el Poder Ejecutivo tome acciones para que se cumpla con la Constitución Política en cuanto a los fondos girados al MEP.

«Como ha sido la posición de esta Defensoría y así lo hicimos saber durante la discusión de lo que fuera el proyecto de ley de presupuesto, la reducción tan marcada en la inversión pública en educación genera regresividad en derechos humanos que está afectando, de forma muy marcada, al derecho de los niños, las adolescentes y las juventudes a una educación digna, de calidad e inclusiva, en todo el territorio nacional. Asimismo, lo han señalado los estudiantes y las estudiantes en las visitas que hemos hecho a lo largo y ancho de este país que reclaman por mayor inversión en educación que permita garantizar, plenamente, el acceso a los recursos que se necesitan para garantizar la inclusividad en materia de los estudiantes con discapacidad, para garantizar todo lo que es la educación tecnológica en todos los rincones de este país, para también para garantizar un currículum completo, para garantizar el bilingüismo y tantas otras necesidades que sabemos que tienen los estudiantes a lo largo y ancho de este país», afirmó Cruickshank.

Para conocer el alcance de esta resolución, en Noticias Columbia conversamos con el abogado constitucionalista, Marvin Carvajal.

El experto indicó que este pronunciamiento de la Sala Constitucional fue sobre un proyecto de ley, no sobre la ley que ya está vigente, por lo que no tendrá un efecto directo en la misma.

«Si bien la Sala Constitucional se refiere a un proyecto, eso tiene sentido porque la consulta se la hicieron cuando la ley de presupuesto no había sido aprobada, era apenas un proyecto. Hoy en día, es una ley de la República y, por lo tanto, la sentencia de la Sala no tiene un efecto directo sobre la ley, es decir, no se puede considerar que se anule la ley de presupuesto porque las consultas legislativas no generan esa consecuencia sobre normas ya aprobadas, salvo que los vicios que se dieran fueran de procedimiento y, en este caso, los vicios son de fondo», explicó Carvajal.

Además, el constitucionalista agregó que el Gobierno, con esta resolución, debería trabajar en un presupuesto extraordinario para subsanar lo señalado por la Sala Constitucional; sin embargo, hay retos asociados a esta posibilidad.

«Habiendo ya una ley de la República aprobada, la ley de presupuesto, debería por parte del Ejecutivo trabajarse un proyecto de modificación al presupuesto, lo que popularmente se conoce como presupuesto extraordinario, para lograr ese equilibrio que ordena la Sala Constitucional. Esto no es simple, para nada. Primero, porque tiene que ver voluntad del Poder Ejecutivo en cumplir ese deber constitucional. Segundo, porque cualquier modificación que se haga el presupuesto tiene que estar acompañada del aumento en los ingresos necesarios para poder adecuarlo o en la disminución en los gastos y esto, probablemente, pueda ser sumamente complejo. A estas alturas, la resolución de la Sala tiene esa gran dificultad para que sea implementada por el hecho de estar ante una ley de la República ya aprobada y ya vigente», detalló el abogado.

Finalmente, Carvajal indicó que esto ‘precedente obligatorio para este y cualquier otro gobierno’, de cara a la conformación de un presupuesto.

Según el experto, ‘si se da un control cercano de lo ordenado por parte de la oposición o de la Defensoría de los Habitantes, la sentencia podría tener un efecto más directo’.

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