El tema fue abordado en la Comisión Legislativa de Juventud, Niñez y Adolescencia, donde se tramita una investigación sobre “actividades proselitistas que se han presentado en centros educativos”.
¿Puede alguien hacer campaña política en un centro educativo?
La pregunta fue resuelta este martes durante la audiencia de representantes del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ante la Comisión Legislativa de Juventud, Niñez y Adolescencia.
En este espacio se tramita una investigación sobre “actividades proselitistas que se han presentado en centros educativos” (exp. 25.255), que se abrió a partir de un caso presentado en un colegio de Montes de Oca.
A principios de octubre, el director del centro educativo denunció que un joven de apellido Calderón se presentó como funcionario del TSE para dar una charla sobre temas electorales, pese a ser un reconocido militante del Partido Pueblo Soberano, afín al Gobierno.
El jefe del Despacho de la Presidencia del Tribunal Supremo de Elecciones, Andrei Cambronero, comentó que desde hace algunos años existen regulaciones para el uso electoral de instituciones estatales.
“Por una parte, está habilitado que los centros educativos sean utilizados para la celebración de las diversas asambleas de remozamiento o recambio de las autoridades internas y delegaciones territoriales de las agrupaciones políticas, esto fue recogido en el artículo 37 del Código Electoral, que dice que las instituciones del Estado deberán ser prestadas para la labor de los partidos políticos para su organización”, apuntó.
“Sin embargo, esa norma es complementada con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Elecciones, según la cual el uso de las instituciones públicas no puede ser con carácter proselitista, si bien es cierto se pueden utilizar para labores de organización, no se puede para asuntos propagandísticos, el correlato a estas pautas es la eventual sanción por beligerancia política, que sería obviamente responsable la persona que autoriza el uso de un inmueble del Estado para una actividad de carácter proselitista”, agregó.
Según Cambronero, el Código Electoral establece tres tipos de limitaciones a la propaganda política:
- Por contenido: invocación de motivos religiosos o género
- Temporal: tregua navideña (16 diciembre – 1 enero previo a las votaciones) y tres días antes y el propio día de las elecciones
- Espacial: elementos propagandísticos en inmuebles del estado
Por su parte, el asesor político del TSE, Gustavo Román, explicó que la institución ofrece formación cívica para estudiantes a través del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), previa coordinación con el centro educativo.
“El IFED ofrece este tipo de capacitaciones y talleres o charlas de manera permanente, y sigue una serie de pasos que han sido instruidos por el propio Ministerio de Educación Pública: solo se va a un centro educativo a impartir un taller si un asesor regional, un director de centro educativo o un docente así lo solicita, siempre es contra demanda, no es el IFED ni el Tribunal Supremo de Elecciones quien ofrece estos servicios; hay evidencia, siempre se guardan los correos formales mediante los que se coordina, el tema de interés, el día y la hora, así como la persona que ofrecerá la charla; siempre se llega al centro educativo en vehículo institucional y con el personal identificado con el carnet institucional del Tribunal Supremo de Elecciones; debe recibirlo la persona, ya sea docente, director o asesor que solicitó el taller, se registra en una bitácora la actividad y se guarda lista de asistencia y fotografías de cada una de ellas”, enlistó.
El diputado socialcristiano y presidente de la Comisión, Carlos Flipe García, consultó acerca de posibles investigaciones en contra de la persona, ya sea por suplantación de identidad o por uso indebido del nombre del órgano electoral.
El letrado del TSE, Andrei Cambronero, respondió afirmativamente.
“En días pasados entró una gestión por parte del señor director del centro educativo que el Tribunal valoró y envió a la Inspección Electoral, que es la instancia encargada según nuestra ley orgánica de hacer pesquisas para determinar el mérito de, en este caso, la viabilidad de plantear alguna denuncia en otra sede, recordemos que entre otras normas posiblemente aplicables, nuestro Código Penal establece como un tipo penal la usurpación de autoridad y el hacerse pasar por un funcionario público”, comentó.
García solicitó al TSE que indague si es parte de alguna estructura formal política y le remita la información a la Comisión.
Sin embargo, el frenteamplista Jonathan Acuña recordó que una persona puede ser militante y no figurar en listas oficiales.
Recientemente, un grupo de delegados ramonenses del Partido Liberación Nacional (PLN) denunció que personas afines al candidato y a su campaña se hacían pasar por funcionarios del TSE para notificarles por su negativa a participar de la asamblea cantonal.