Experto en Derecho Comercial, Kendall Ruiz, se refirió a esta y otras consultas sobre los derechos de los consumidores.
Los consumidores de diversos artículos en el país tienen poca información sobre sus derechos, tutelados en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor N° 7.472.
Así lo indicó el abogado experto en Derecho Comercial de Aselecom, Kendall Ruiz, durante una entrevista en nuestro programa Por Tres Razones.
Uno de los elementos que desconocen los costarricenses tiene que ver con la forma de pago, ya que algunos comercios ‘realizan promociones’ para quienes utilicen efectivo.
Sin embargo, Ruiz señaló que no deben existir descuentos exclusivos que dejen por fuera a quienes utilicen tarjetas u otros medios de pago distintos al efectivo.
«Sí o sí, los descuentos son pague con tarjeta o pague en efectivo, eso es indistinto. Eso no puede venir y generar ningún tipo de afectación y nosotros vivimos en una cultura en la que pedimos descuento y ese descuento no debería estar sujeto nunca a como pagués vos. Inclusive, a nivel de controles hacendarios y a nivel de controles financieros también el tema que se pague con tarjeta le ayuda a Hacienda para mayor recaudación. Entonces, hasta uno entendería de que también es que dicen, «Ah, es que me quita la comisión, me quita tanto y yo pierdo tanto.» Bueno, uno lo entiende. Claro, uno lo entiende, pero la realidad es que el consumidor no tiene por qué tener afectación por la manera de cómo pague», afirmó Ruiz.
Otro de los elementos que generan más problemas en los consumidores son en relación con la solicitud de garantías.
El abogado explicó que las personas pueden elegir entre diversas opciones en caso de que algún producto se dañe.
«Todo lo que son electrodomésticos y todo va a tener su garantía y demás. De hecho, algo que a mí me llama la atención cuando se habla el tema de las garantías y que a las personas a veces les pasan por encima es que les dicen que primero van a reparar el bien. En realidad, a nivel de regulación no es cierto eso lo de la reparación de que siempre se la van a tener que reparar de primero. De hecho, en el artículo 51 del reglamento de la Ley 7.472, el consumidor tiene el derecho a, vean el orden, la devolución del precio pagado, al cambio de un bien por otro de similares características o uno superior y el tercero es la reparación gratuita del bien. Esa tercera de reparación, vean que no es la primera opción. El consumidor es el que decide si le devuelven el dinero, si lo cambian por otro bien o si se lo reparan. El otro aspecto de importancia es que cuando están reparando el bien, además de que tiene que ser gratuito y demás, la reparación tiene que hacerse en un plazo no mayor de 15 días», mencionó el experto.
Finalmente, el abogado señaló que existe una cláusula especial de devoluciones para aquellos artículos que fueran comprados a través de internet.
«Cuando vos comprás en línea hay un derecho que está en el reglamento de la Ley 7.472, que es que tiene el derecho de retracto, ¿Por qué? Porque vos no estás viendo el producto y como no estás viendo el producto; por ejemplo, ropa o algo así en particular, o que tal vez la tela es distinto el color cuando te llegó porque te decían algo, pero si a vos te dicen, por ejemplo, que el producto es de color negro y te llega gris, o sea, ahí no hay que ser como muy científico para saber que me están engañando», detalló Ruiz.